La UPV/EHU reconoce el derecho del alumnado a conocer con antelación a su matriculación el profesorado previsto para la docencia, los horarios de las asignaturas, los sistemas de evaluación y el calendario de exámenes. Muchos son los profesores que desconocen la normativa y no la cumplen. Lurgorri exige a la UPV/EHU que tome medidas para su cumplimiento.
La UPV/EHU aprueba cada año la Normativa de Gestión que regula en su Capitulo V todo lo referente a la planificación docente y evaluación del alumnado. El mayor número de quejas recibidas por el alumnado se refiere al incumplimiento por parte de Centros, Departamentos y profesorado en lo relativo a la publicación y sistemas de evaluación. La Normativa de gestión obliga a los Centros a publicar antes de la matriculación los sistemas de evaluación. Esta publicación se realiza a través de la Guía Docente que se entrega antes de la matriculación. Sin embargo, esta guía en la mayoría de los casos nunca recoge la información relativa a los sistemas de evaluación tal y como exige la Normativa de Evaluación..
Esta misma normativa exige a los Departamentos con el objetivo de garantizar la igualdad entre el alumnado de distintos grupos establecer los mismos sistemas de evaluación para todos los grupos de una misma asignatura. Sin embargo, son muchos los casos que no se cumple y dependiendo del grupo cada docente establece uno u otro sistema de evaluación. Desde Lurgorri entendemos que esto sucede por la falta de coordinación entre los distintos docentes del Departamento.
Por otro lado, a propuesta de la representación de Lurgorri el curso pasado esta normativa incorporó la exigencia de que los sistemas de evaluación debían estar ponderados. Esto es, el profesorado debe explicitar el valor de cada prueba que compone la evaluación de la asignatura. Esta exigencia la realizamos debido a la constatación de que en algunas ocasiones el profesorado modificaba el sistema evaluación sin previo aviso una vez comenzado el curso incumpliendo de este modo la normativa. Sin embargo, a pesar de que la Normativa exige que se pondere en la gran mayoría de los casos ello no se cumple.
Asimismo, otra de las exigencias que recoge la Normativa de evaluación es el establecimiento de una prueba final que comprenda el 100% de la nota para aquel alumnado que por razones justificadas no pueda cumplir el sistema de evaluación continua. En su mayoría el profesorado no informa de esta posibilidad al alumnado dando a entender que es obligatoria la evaluación continua. Un sistema que en la mayoría de los casos requiere una asistencia a clase más continuada y que en ocasiones el alumnado no puede cumplir.
Por último, desde Lurgorri queremos mostrar nuestra profunda preocupación porque haya profesores que exigen asistencia obligatoria como requisito para superar la asignatura. La implantación del Proceso Bolonia ha supuesto que algunos profesores hayan establecido la asistencia obligatoria como parte de la evaluación. Exigencia que entendemos contraria a la Ley del Sistema Universitario Vasco. Desde nuestro sindicato queremos recordar que esta Ley aprobada en 2004 recoge el “derecho de la no asistencia a clase” del alumnado universitario vasco por lo que el profesorado no puede poner como condición para superar la asignatura este requisito. Asimismo, la UPV/EHU ha aprobado recientemente los nuevos Estatutos en donde se recoge el derecho del alumnado “A la valoración objetiva de su rendimiento académico y a la revisión de las calificaciones. La inasistencia a clase, por sí sola, no constituirá un impedimento para el ejercicio de este derecho”
Por esta razón, desde Lurgorri exigimos al Vicerrectorado de Ordenación Académica y de la UPV/EHU y a quienes tienen responsabilidades en Centros y Departamentos que informen al profesorado sobre cómo debe realizar la evaluación. Lurgorri considera que en su mayoría el incumplimiento por parte del profesorado no es por mala fe sino al desconocimiento de la normativa. Al mismo tiempo, que exige mecanismos de control que garanticen en todo momento los derechos del alumnado a una evaluación objetiva.